El mercado único europeo abarca todos los países de la Unión Europea y los países de la AELC (o EFTA en ingles). Los requisitos para acceder a este mercado (marcado CE) se establecen en forma de directivas y reglamentos. Varias directivas pueden aplicarse al mismo tiempo a un producto determinado en función de su naturaleza. 

Todos los dispositivos que transmitan o reciban intencionadamente ondas de radio (con algunas excepciones, como los equipos de radio para buques de guerra, los equipos de seguridad pública y gubernamental y algunos dispositivos aeronáuticos) deben cumplir los requisitos establecidos en la Directiva 2014/53/UE sobre equipos radioeléctricos.

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Resumen de la Directiva de Equipos Radioeléctricos (RED)

Los requisitos técnicos de las Directivas Europeas aparecen en forma de Requisitos Esenciales, incluidos en el artículo 3 de la Directiva 2014/53/UE. Los equipos radioeléctricos se fabricarán de forma que se garantice:

  • Artículo 3.1.a: la protección de la salud y la seguridad de las personas y de los animales domésticos y la protección de los bienes, incluidos los objetivos relativos a los requisitos de seguridad establecidos en la Directiva 2014/35/UE, pero sin límite de tensión aplicable;
  • Artículo 3.1.b): un nivel adecuado de compatibilidad electromagnética según lo establecido en la Directiva 2014/30/UE.
  • Artículo 3.2: que utilice y apoye eficazmente el uso eficiente del espectro radioeléctrico para evitar interferencias perjudiciales.
  • Artículo 3.3: otros requisitos para determinadas categorías o clases de equipos radioeléctricos, incluidos los requisitos de ciberseguridad
    • (d) la protección de la red
    • (e) la protección de los datos personales y la privacidad
    • (f) la protección contra el fraude
    • (g) servicios de emergencia

Los fabricantes e importadores pueden garantizar de tres maneras que un producto o una gama de productos cumplen los requisitos clave de la Directiva o los requisitos esenciales. Dos de ellas requieren la intervención de un Organismo Notificado.

  • Módulo A - Control interno de la producción: El fabricante es responsable de elaborar la documentación técnica (que debe incluir la prueba de los ensayos de conformidad con las normas pertinentes del producto), llevar a cabo un control interno de la producción y emitir una declaración de conformidad. Este módulo sólo está disponible cuando los productos han sido sometidos a ensayos completos de conformidad con las normas armonizadas.
  • Módulos B + C - Examen UE de tipo (B) y Conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción (C): Estos módulos plantean al fabricante las mismas exigencias que el módulo A, pero se requiere que un Organismo Notificado (para el módulo B) examine la documentación técnica resultante y expida un certificado de examen UE de tipo para el producto en cuestión. El uso de estos módulos es obligatorio para la introducción en el mercado de la UE de cualquier producto que no haya sido ensayado, en su totalidad, conforme a las Normas Armonizadas. También pueden utilizarse, de forma voluntaria, para los productos que hayan sido sometidos a ensayos de conformidad con las normas armonizadas.En cualquier caso, sólo podrán utilizarse para la evaluación de la conformidad de un tipo de producto.
  • Módulo H - Garantía total de calidad: El fabricante aplica y gestiona un sistema de calidad que abarca el diseño de los equipos radioeléctricos, los ensayos y los procesos de fabricación, que posteriormente es evaluado, certificado y supervisado por un organismo notificado mediante auditorías periódicas de la planta de fabricación. Este módulo permite realizar ensayos de conformidad de toda una gama de productos, incluso de varias gamas de productos diferentes, y también permite mostrar el número del Organismo Notificado junto al Marcado CE del producto.

Muchos países del mundo que no tienen su propia normativa de Homologación de Tipo de Radio se remiten a la normativa europea (2014/53/UE), y exigen un certificado de examen UE de tipo. Por lo tanto, cuando se aborda un proyecto de homologación mundial, se recomienda el enfoque de los Módulos B + C.

La validez de la Certificación Europea es permanente salvo que se produzca un cambio en la normativa que afecte a la directiva específica que se ha evaluado.

Requisitos de etiquetado

Una vez que se ha demostrado que un producto cumple los requisitos esenciales de las Directivas aplicables mediante una de las tres vías definidas anteriormente, el producto se etiquetará con el marcado CE:

:

Applus+, Organismo Notificado para la Directiva RED

Applus+ Laboratories es Organismo Notificado (NB número 0370) para la directiva de Equipos Radioeléctricos, incluyendo los nuevos requisitos de ciberseguridad que entraron en vigor el pasado 1 de febrero de 2022 y que van a ser de obligado cumplimiento a partir del 1 de agosto del 2025 (la Unión Europea amplió el periodo de transición 12 meses en julio de 2023)

Para los Módulos B+C, Applus+ Laboratories evalua el Expediente Técnico del Equipo Radioeléctrico y emite un certificado de examen UE de tipo para el producto evaluado.

Para el módulo H, la familia de productos se registra en los registros de control de calidad de Applus+ Laboratories y el fabricante marcará esta familia de productos con el número de Organismo Notificado de Applus+.

 

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